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Cambios Fiscales 2022 Anexo 20, Complemento de Pago (REP), Servicio de Cancelaciones y CFDI de Retenciones e Información de Pagos.

 

 

El pasado 26 de octubre fue aprobado el decreto por el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones fiscales, Ley del Impuesto Sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado y Código Fiscal de la Federación, entre otros ordenamientos.

 

Las modificaciones fiscales que más impactan a los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) son:

 

CFF Artículo 29-A, CANCELACION de CFDI

Salvo que las disposiciones fiscales prevean un plazo menor, los comprobantes fiscales digitales por Internet sólo podrán cancelarse en el ejercicio en el que se expidan y siempre que la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación.

 

Cuando los contribuyentes cancelen comprobantes fiscales digitales por Internet que amparen ingresos, deberán justificar y soportar documentalmente el motivo de dicha cancelación, misma que podrá ser verificada por las autoridades fiscales en el ejercicio de las facultades establecidas en este Código.

 

CFF Artículo 29-A, Fracción V

V. ... Cuando exista discrepancia entre la descripción de los bienes, mercancías, servicio o del uso o goce señalados en el comprobante fiscal digital por Internet y la actividad económica registrada por el contribuyente en términos de lo previsto en el artículo 27, apartado B, fracción II de este Código, la autoridad fiscal actualizará las actividades económicas y obligaciones de dicho contribuyente al régimen fiscal que le corresponda. Los contribuyentes que estuvieran inconformes con dicha actualización, podrán llevar a cabo el procedimiento de aclaración que el Servicio de Administración Tributaria determine mediante reglas de carácter general.

 

Artículo 29-A, IV,

La clave del Registro Federal de Contribuyentes, nombre o razón social; así como el código postal del domicilio fiscal de la persona a favor de quien se expida, así mismo, se debe indicar la clave del uso fiscal que el receptor le dará al comprobante fiscal.

 

Debido a lo anterior el SAT modificará los siguientes estándares de los Documentos Fiscales Digitales como son:

 

 

A manera de resumen los cambios serán los siguientes: 

  • Ahora se podrán incorporar varios Tipos de relación en un CFDI

  • Se agrega el nodo de Impuestos al Complemento de Recepción de Pagos, así como los totales de los Impuestos correspondientes a un pago

  • El Complemento Concepto por cuenta de terceros pasa a ser un nodo dentro del Anexo 20

  • Se agrega en un nodo la información de la Factura Global

  • Se actualiza el catálogo de Uso de CFDI, agregándose la columna del Régimen Fiscal del Receptor

  • Se agrega el Régimen Fiscal para el Receptor

  • El nombre del Emisor y Receptor cambian de opcional a requerido

  • Se agrega el Código Postal del Receptor

  • Se limita la cancelación del CFDI al año fiscal en que fueron emitidos

  • Se debe agregar el motivo de la cancelación, de acuerdo al catálogo proporcionado por el SAT

  • Ahora podrás especificar en el CFDI si los bienes o servicios son o no objeto de impuesto.

 

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